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Ley del Tabaco y el Carácter Público

Publicada en www.politicarock.cl

Las organizaciones que velan por el cuidado de la salud humana mediante las restricciones del consumo del tabaco y la promoción de las infaustas consecuencias que el humo del mismo tiene en la población pasiva, han trasladado su estrategias argumentativas desde la “disminución de los índices de tabaquismo”- es decir un argumento de carácter privado- a la “promoción de ambientes 100% libres de tabaco”- es decir un argumento de carácter público.

El desarrollo de campañas comunicacionales y el contenido de sus iniciativas políticas y sanitarias, se han centrado en hacer notar a la opinión pública que el tabaco, su consumo y comercialización, es un asunto de salud pública, y por tanto, es el Estado el que debe velar por el cuidado de los consumidores del “segundo humo”. La verbosidad argumentativa no es insumada, en esta nueva etapa, por el cáncer a la laringe o a los pulmones, sino por el daño que provocan los fumadores a aquellos que no cultivan éste vicio[1]. Por tanto, el Estado mediante sus instituciones, debe asegurar ambientes libres de humo donde no existan peligros para la salud (pública) de las personas.

Argumentaciones como las acá presentadas intentan soslayar, entre otras cosas, el contra argumento de la libertad individual y la autodeterminación[2]. Derechos que se han instalado (o empezado a instalar) como infranqueables para el grupo social.

Ahora bien, ¿no es el abortar una elección individual y autodeterminada? ¿El consumo de drogas no es propio de una elección individual? ¿Es el aborto, el consumo de drogas y la eugenesia un asunto de salud pública que deben ser prohibidos por el estado?

Todas estas acciones están dentro del campo de la libertad individual y la autodeterminación, por tanto, su prohibición, por parte del Estado, sólo debe ser entendida cuando estas acciones atenten contra un interés público. Hasta la fecha los argumentos vertidos son sólo de carácter naturalista, religioso, metafísico, valórico y clerical, carentes de contenido público, que por cierto, no son pertinentes a un Estado laico. Estos tienen un fuerte contenido moral y una aparente jerarquía de interés público lograda por la influencia conservadora y valórica de ancianas instituciones y sus lacayos.

Los logros políticos y comunicacionales obtenido por las organizaciones de salud durante estos días, nos hacen pensar que la defensa del interés público, mediante las instituciones del Estado, se puede lograr en base a una discusión amplia y pluralista donde el interés común (público) prime por sobre los intereses valórico-religiosos.

Un Estado laico y pluralista debe vestirse con los trajes de la sociedad y su democracia, que son los manufactureros de lo público. Y botar los ropajes decimonónicos de la sociedad confesional y moral.

La misma fuerza que nos motiva a defender una sociedad que defina, por si misma lo público, nos debe llevar a caminar unos metros para encender un cigarrillo.



[1] Los estudios más destacados de “Fundación Educación popular en Salud” contenidos en su página web, dicen relación a los ambientes libres de humo.

[2] Al respecto considérese la siguiente frase contenida en el acta fundacional de Liga Nacional por el Control del Tabaco: “Respetamos la libertad individual de aquellas personas que han decidido correr el riesgo de fumar. Pero para nosotros es indispensable que se respete el derecho de los demás a protegerse del humo del tabaco”.

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